Concepto Doce
En todos sus procedimientos, la Conferencia de Servicios Generales (CSG) cumplirá con el espíritu de las Tradiciones de Alcohólicos Anónimos, teniendo especial cuidado de que:
1. La CSG nunca se convierta en sede de peligrosa riqueza o poder.
2. Fondos suficientes para su funcionamiento, más una reserva adecuada, sean su prudente principio financiero.
3. Ninguno de los miembros de la CSG sea nunca colocado en una posición de autoridad desmedida sobre ninguno de los otros.
4. Todas las decisiones importantes se tomen por discusión, votación y, siempre que sea posible, por unanimidad sustancial.
5. Ninguna acción de la CSG sea punitiva a personas ni una incitación a controversia pública.
6. Aunque la CSG pueda actuar al servicio de A.A., nunca deberá realizar ninguna acción de gobierno y, al igual que la Sociedad de A.A. a la cual sirve, la CSG siempre permanecerá democrática en pensamiento y en acción.
Las Garantías del Artículo Doce constituyen una serie de compromisos espirituales y morales destinados a salvaguardar la Unidad, la humildad y el buen funcionamiento de la CSG. Estas Garantías aseguran que la Conferencia siempre permanecerá en plena armonía con las Doce Tradiciones de Alcohólicos Anónimos.
Asimismo, garantizan que la CSG nunca se convertirá en un centro de poder, riqueza o gobierno; que su manejo de los recursos será siempre responsable y prudente; que jamás existirá una autoridad absoluta; que sus decisiones importantes se tomarán bajo el principio de la Unanimidad Sustancial; que nunca se aplicarán castigos ni represalias; que no se promoverán controversias públicas; y que su única razón de ser será servir a A.A., manteniendo siempre un espíritu profundamente democrático.
Estas Garantías reflejan las virtudes de la prudencia, la humildad y la espiritualidad que la CSG debe conservar en todo momento. Más allá de cualquier error humano posible, representan los lazos permanentes que mantienen a la Conferencia unida, fiel y subordinada al movimiento al que sirve.
Las Garantías Generales, expresadas en este Concepto Doce —que corresponde de manera literal al Artículo Doce de la Carta Constitutiva de la CSG—, son seis principios fundamentales que protegen a Alcohólicos Anónimos de los abusos de poder, de decisiones impulsivas y de riesgos que podrían amenazar el cumplimiento de nuestro Objetivo Primordial.
Su finalidad es asegurar que A.A., aun en medio de su crecimiento mundial, continúe siendo responsable, prudente, espiritualmente guiada y fiel a sus principios esenciales.
Podemos afirmar que las Garantías Generales de la CSG:
- Representan protección, salvaguarda, custodia, amparo y seguridad para A.A. como un todo.
- Previenen y protegen a la Comunidad frente a cualquier peligro interno o externo.
- Constituyen una promesa de estabilidad para que A.A. continúe viva y útil, mientras “Dios nos necesite”.
- Tienen una importancia alta, permanente y decisiva para el bienestar general de la Comunidad.
- Expresan compromisos solemnes que aseguran que toda la Estructura de la CSG se mantenga siempre en conformidad con las Tradiciones.
- Son una guía constante de prudencia en la toma de decisiones.
- Reflejan la sabiduría que nace de aprender del pasado para actuar con responsabilidad en el futuro.
- Constituyen nuestra protección total contra errores innecesarios y contra las tendencias humanas al poder, al dinero, al prestigio y al control.
- Son tan esenciales que cualquier modificación a ellas solo puede realizarse con el consentimiento escrito de las tres cuartas partes de los grupos de A.A. del mundo.